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REFORMA LABORAL EN LA ARGENTINA: “Cuando los discursos son muy grandilocuentes, el picoteo es corto”

 

En diálogo con el programa LA TRIBU, el reconocido abogado laboralista y director de la histórica revista El Descamisado, Rubén Famá, se refirió al tema de la reforma laboral que circunda como una especie de adelanto de lo que se vive en Brasil. Al respecto Famá señaló que “El derecho laboral siempre estuvo en el ojo de la tormenta en el cruce con el proceso económico, entonces se le adjudica a dicho derecho cosas que no provoca y a su vez espera de él cosas que jamás va a proveer”. Dijo además que, “ellos quieren un mundo sin sindicatos, sin representantes de trabajadores en la empresa, donde el empleador pueda imponerse”. En la extensa entrevista también planteó que “No es cuestión de quedarse en una actitud de no; no va a pasar nada, están hablando pavadas, pero ojo; no están hablando pavadas, no hay que bajar la guardia y por sobre todo hay que tener propuestas pro-activas porque si realmente el problema es la productividad, el movimiento obrero tendría que empezar a generar ámbitos de estudios científicos, profesionales, universitarios para empezar a generar propuestas propias”, dijo el letrado.

En una entrevista con el programa LA TRIBU, que se emite los viernes por Radio del SUR, 90.7, el abogado laboralista, director de la revista EL DESCAMISADO y miembro del Movimiento Peronista Auténtico señaló que en principio, “esta reforma es indispensable pero depende en qué sentido. Evidentemente en el sentido en el que se está planteando creo que NO. El derecho laboral siempre estuvo en el ojo de la tormenta, en el cruce con el proceso económico, entonces se le adjudica a dicho derecho cosas que no provoca y a su vez espera de él cosas que jamás va a proveer. En concreto, lo que queda claro es que no se conoce Proyecto de Reforma. Se habla pero hasta ahora que se sepa públicamente no hay ni siquiera un proyecto, un documento, un papper, un trabajo que defina conceptualmente algunos ejes. Incluso hasta se escucha al Ministro de Trabajo decir que la Reforma será gremio por gremio, sector por sector, convenio por convenio. Lo que tampoco se especifica es el contenido de esa tendencia, se apunta a lo que se llama alto costo laboral que es todo un tema, habría que sentarse a verlo pero tampoco se esclarece mucho mencionándolo así en términos generales. La discusión está planteada de una manera que es imposible encarar una discusión seria sin aclarar a la población qué es lo que se pretende y de que se trata el Derecho Laboral.

Un poco de historia del Derecho Laboral

Haciendo un poco de historia, Famá dijo que “Básicamente, tendríamos que explicar lo siguiente; el Derecho Laboral Argentino tiene tres patas: La Ley de Asociaciones Sindicales, vigente desde 1988, legítima heredera del mítico Decreto de diciembre de 1945, donde se da forma definitiva al sindicato por actividad y al monopolio de la actividad sindical para la negociación colectiva por actividad, ni por empresa ni por grupo de empresa. El principio general de la negociación colectiva en Argentina es por actividad (metalúrgicos, bancarios, constructores, empleados de comercio, etc). La otra pata es la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo del año 1953, que han legitimado los trabajadores en este monopolio de la actividad sindical para la negociación colectiva y la tercera gran pata es el derecho individual del trabajo que es la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20744, sancionada en el año 74, diezmada y recortada por la dictadura oligárquica militar y sucesivos gobiernos, pero cuya arquitectura jurídica aún permanece vigente en sus aspectos sustanciales. De estos tres cuerpos normativos, que hacen al andamiaje fundamental del derecho del trabajo argentino, nadie del gobierno ni siquiera cuando refieren a la implementación de la Reforma por convenio, la ha referido en un artículo, en un capítulo, absolutamente nada. Entonces, se habla de Reforma laboral, pero no se especifica qué quieren. Así es muy difícil entablar una discusión con alguien que no dice que quiere. Como le contesto yo algo a eso?”, se preguntó.

El efecto de la Reforma Laboral en Brasil

Famá dijo que “Se pone el ejemplo de Brasil, pero no tiene nada que ver, es comparar pera con manzana. El derecho laboral brasilero tiene muy poco que ver con el argentino, ese viene flexibilizado ya desde el año 64 ininterrumpidamente. En Brasil no existe una negociación colectiva masiva, recién empezó en la región de Sao Pablo, en el ABC paulista, a fines de la década del 70, principios del 80 y no tienen un régimen de contrato de trabajo como en la Argentina o indemnización por antigüedad. Tiene otra cosa totalmente distinta, es un Fondo de Garantía por Tiempo de Servicios, un ahorro forzoso que hace el trabajador mes a mes a cargo de un aporte patronal. Tampoco tiene la representatividad sindical de base que tiene el sindicalismo en Argentina. Recién en el año 88 se le reconocea los sindicatos, por Constitución en Brasil, el derecho a tener representantes en la empresa y es 1 cada 200 trabajadores, lo que hace al delegado ínfimo y en Argentina es 1 cada 10. Son asimetrías tan gigantescas que comparar con Brasil, es muy poco serio”, aseveró.

Reforma de la Ley de Riesgos Laborales

El letrado también subrayó que “el Derecho Laboral es muy dinámico, no es una teoría cadavérica, es algo que va de arriba abajo y viceversa. Tiene un dinamismo muy particular que no es el mismo que en otras áreas científicas del Derecho, como en Derecho Penal o en Derecho Civil. El año pasado se sancionó una reforma a la Ley de Riesgos Laborales. Esta Ley se sanciona durante el menemismo, en 1996 y que en toda la historia judicial argentina no solo del derecho del trabajo, después de Pavón, de Caseros, de la institucionalización de 1853, es la Ley más tachada de Inconstitucionalidad en toda la Historia Argentina, de todos los fueros, tiene más de 20 fallos de la Corte Suprema declarándola Inconstitucional. Esa es la Ley del menemismo, del PJ donde votaron radicales y liberales, muchos sindicalistas prestaron su consentimiento, inclusive algunos fueron fervorosos defensores de esa ley, hay que decir las cosas como son. Esto generó una reacción de abajo hacia arriba. Viene el cliente, ve a su abogado; el abogado le explica que esto es un disparate, le dice que hay que hacerle un demanda pidiendo inconstitucionalidad de esto, aquello y demás”… “Se empezó ese largo camino del 97, 98, 99 hasta que en el 2002/2003 aparecen los primeros fallos de la Cámara de Apelaciones del Trabajo, ratificados por la Corte declarando la inconstitucionalidad y perforándola por todos lados en su sustento, con lo cual teníamos un sinsentido de una ley vigente pero que la jurisdicción al momento de aplicarla, decía que no era válida”, explicó y acotó, “Entonces había una especie de Régimen Legal de hecho que no era el que estaba escrito. Era una situación muy rara. Estaba la ley pero no la derogaban, seguía. Uno hacía la demanda diciendo esta ley es ilegal, íbamos por el Derecho general de daños, pero nadie le daba importancia a la Ley. Esto persistió hasta que en el año 2012, durante el gobierno de Fernández de Kirchner, se hace una nueva Reforma pero no en el sentido de los fallos de la Corte, sino para profundizar los efectos nocivos del texto de 1996, una cosa más loca todavía. Y el año pasado se hace otra Reforma para enfatizar en el aspecto más negativo de la ley del menemismo, es privar al trabajador de sus jueces naturales. El trabajador tiene un accidente, una enfermedad, tiene que ir a una Comisión Médica que depende de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (ART) con Comisiones distribuidas en todo el país. Son médicos, es decir, lo que Usted tiene es esto, equivale a tantos grados de incapacidad, (porcentaje) y le corresponde tanto dinero pero ya tiene que empezar a trabajar en lo inmediato o Usted no tiene nada, le doy el alta, su enfermedad no existe. Es un Médico – Juez. A estos le pagan el salario a través de Superintendencia de Riesgos de Trabajo (ART), los fondos que ponen para ese destino las propias ART. Esto es,  el Médico – Juez es el que me dice qué enfermedad tengo, le paga el sueldo la ART con la cual yo tengo que litigar”, explicó el ardid.

“Entre esta Reforma y la anterior hay una guerra sin cuartel en los Tribunales de Justicia Nacional del Trabajo donde estamos cabeza a cabeza ahí. Hay algunos jueces que dicen que es Constitucional, la mayoría dicen que es Inconstitucional. A veces aparecen fogonazos de la Corte, pero se le va a hacer muy difícil homologar constitucionalmente estas Comisiones Médicas porque hay varios fallos de hace años que las han declarado Plenamente inconstitucionales. En este momento se está llevando a cabo una disputa judicial de abajo hacia arriba que está bastante candente. Mi sospecha para que lado van a disparar estos (Reformadores), para mí cuando los discursos son muy grandilocuentes, el picoteo es corto,  porque si quieren plantear realmente lo que ellos quieren, ellos quieren un mundo sin sindicatos, sin representantes de trabajadores en la empresa, donde el empleador pueda imponerse. Quizás hay bastante de esto,  pero también hay que decir la verdad, hay bastante de lo otro. El sindicalismo sigue teniendo una presencia que no se da en el resto de América Latina, por lo menos, en ningún país de América Latina se inicia el año político con un punto de la Agenda como un conflicto gremial. En Argentina todos los años el conflicto docente ocupa los primeros lugares y esto no sucede en ningún lugar de América Latina. En ningún lugar de América Latina, el sindicalismo tiene la fuerza suficiente para plantear un plan de lucha y ponerse como objetivo la paralización total de bienes y servicios como expresión de un malestar mayoritario, esa fuerza política no existeen otro lugar de América Latina, ni en México, en Brasil, en Chile, en Uruguay ni en Perú. La CGT y otras Centrales disponen, Vamos a parar el País y se para. Entonces, el sindicalismo argentino no es una cuestión de enfrentar cualquier cosa, obviamente que hay de todo como en todos lados, ni ángeles ni demonios, hay de todo. Con lo cual, la sospecha que tengo es que tratarán de bajar los costos de las indemnizaciones más que nada relativo a aquellas relaciones laborales no registradas o registradas deficientemente, por ejemplo, un empleado, que hay muchos de ellos, que si bien están registrados por la jornada reducida de 4 horas pero en realidad ese trabajador/a hace 12/13/14 horas. Entonces, si uno va al Ministerio del Trabajo o al Anses, y si está registrado. Uno habla en la entrevista con ese trabajador y no está de acuerdo a los elementos de la Registración. Si ese trabajador inicia un juicio, al momento de la sentencia es muy probable que lo gane y hay multas muy considerables que agravan la indemnización. Una ley fue sancionada en 1990, durante el menemismo, que es la Ley Nº 24013 y la otra Ley que agrava aún más a modo de multa, el empleo no registrado o registrados deficientemente, es durante la dirigencia del gobierno de De la Rúa, tampoco estamos hablando de grandes avances de las masas trabajadoras. Creo que apuntarán por ese lado, quizás por las tasas de interés que se aplican a los juicios laborales. Acá en la Justicia Nacional se está aplicando un 36% anual, lo cual protege el crédito del trabajador. Pero después no creo que se animen a la Ley de Convenciones colectivas como fue el intento de la conocida Ley Banelco, un intento de derogar los efectos más protectorios de dicha Ley. Aparte hay otro detalle, hoy el Gobierno no tiene mayoría absoluta en el Parlamento Nacional, es una primera minoría. En términos estadísticos, arriesgo a decir que Macri, solo su persona, no llega a reunir el 25% de adhesión popular de los que positivamente votan. No tiene un 40, 50%, una posición política cómoda que le permita instalar una agenda legislativa, colocar una prioridad y sacar las leyes que ellos gusten a capricho. Eso no lo tienen y no lo van a tener”, estimó Famá.

Legislaciones que costaron sangre y desapariciones

Famá planteó que los integrantes del gobierno nacional “Van tanteando el escenario, pero también una advertencia, las legislaciones que yo les manifesté recién, no fueron un regalo caído del cielo. Se conquistaron y fueron de tan larga duración que a veces es conveniente recordar de porqué existen. Además costó sangre, el autor de la Ley de Contrato de Trabajo, está desaparecido actualmente, el Dr. Norberto Centeno con otra tanta cantidad de abogados Laboralistas. La Ley de Convenciones Colectivas vigente de 1953, es la coronación del proceso iniciado por un grupo de sindicatos en 1942/1943 lo mismo que la actual Ley de Asociaciones sindicales, es legítima heredera del Decreto Nº 23852 del año 1945 que Perón la anuncia el 10 de octubre, en el famoso discurso de renuncia a la Secretaria de Trabajo y Previsión. Ese que dice de la casa al trabajo y del trabajo a casa, pero que también decía otras cosas. Ahí había cien mil trabajadores reunidos a las puertas de la secretaria de Trabajo y Previsión, Perón anuncia la sanción de ese Decreto, teniendo noción de la envergadura histórica que implicaba que el Estado legitime la organización de los trabajadores en ese nivel de protección. Entonces esto costó mucho”.

Para famá, “No es cuestión de quedarse en una actitud de no, no va a pasar nada, están hablando pavadas. Pero ojo, no están hablando pavadas, no hay que bajar la guardia y por sobre todo hay que tener propuestas pro-activas porque si realmente el problema es la productividad, el movimiento obrero tendría que empezar a generar ámbitos de estudios científicos, profesionales, universitarios para empezar a generar propuestas propias y más que nada un conocimiento de diagnóstico para no quedar a merced de ese conocimiento que se nos pone arriba de la mesa y diciendo esto es así. No, hay que ver el costo laboral, también el costo impositivo, el costo del empresario, el costo de la renta del empresario, cual es la media de acumulación anual de la renta de un empresario comparado con países del primer Mundo. Tener datos elaborados como para dar una discusión seriamente y no quedarse solo en una negativa sin discusión”, finalizó.

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